Solución Total de Cobro Por Vía Amistosa y Judicial

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viernes, 5 de agosto de 2011

SE PREPARA UN NUEVA NORMATIVA SOBRE TRANSPARENCIA BANCARIA

El Ministerio de Economía y Hacienda prepara una Orden Ministerial con el objetivo de reforzar los controles sobre las actuaciones de la banca con sus clientes. La Orden de Transparencia y protección del cliente de servicios financieros, que el Tesoro publica hoy en su web, estará en audiencia pública hasta el próximo 6 de septiembre, de forma que las partes interesadas podrán aportar sus comentarios y sugerir modificaciones.
La Orden toca prácticamente todos los ámbitos de la relación del cliente con la banca, empezando por las comisiones, una de las principales causas de reclamaciones al Banco de España. El texto preparado por el Ministerio especifica que bancos y cajas tendrán que ofrecer a los clientes las comisiones actualizadas más frecuentes "en un formato unificado" que establecerá el regulador.
El objetivo que se fija el Gobierno es que la información que proporcionen las entidades sea comparable y que esté inmediatamente a disposición del cliente, antes de contratar el servicio.
La entidad deberá informar al cliente, cada mes de enero, sobre todas las comisiones que ha cobrado al cliente y los gastos en los que éste haya incurrido, así como sobre los tipos de interés aplicados en las operaciones de activo y pasivo de todo el año anterior. Este servicio tendrá que ser gratuito para el cliente que, además, podrá volver a solicitar la información todas las veces que desee.
Depósitos y créditos
La Orden establece también garantías en el ámbito de los depósitos, obligando al banco o a la caja a ofrecer "de forma explícita y clara el tipos de interés nominal y la TAE (tasa anual equivalente) que pagan por el pasivo.
Además, se introduce una norma que afecta a las entidades extranjeras que operan en España como sucursales y que, por lo tanto, no están adscritas al Fondo de Garantía de Depósitos que le correspondería en España (de Bancos, Cajas o Cooperativas), sino al de su país. Es el caso, por ejemplo, del holandés ING o del portugués Banco Espirito Santo. Estas entidades tendrán que dejar claro en la publicidad de sus productos que, en caso de insolvencia, el cliente tendrá que reclamar su compensación al FGD del país de origen de la entidad, y no en España.
El Gobierno también pide a la banca una conducta más estricta a la hora de conceder préstamos. La entidad tendrá que valorar antes la capacidad de pago del cliente, teniendo en cuenta la variabilidad de sus ingresos en el tiempo y, en el caso de un crédito a tipo variable, cómo afectaría una subida de tipos.
Depósitos y créditos
La Orden establece también garantías en el ámbito de los depósitos, obligando al banco o a la caja a ofrecer "de forma explícita y clara el tipos de interés nominal y la TAE (tasa anual equivalente) que pagan por el pasivo.
Además, se introduce una norma que afecta a las entidades extranjeras que operan en España como sucursales y que, por lo tanto, no están adscritas al Fondo de Garantía de Depósitos que le correspondería en España (de Bancos, Cajas o Cooperativas), sino al de su país. Es el caso, por ejemplo, del holandés ING o del portugués Banco Espirito Santo. Estas entidades tendrán que dejar claro en la publicidad de sus productos que, en caso de insolvencia, el cliente tendrá que reclamar su compensación al FGD del país de origen de la entidad, y no en España.
El Gobierno también pide a la banca una conducta más estricta a la hora de conceder préstamos. La entidad tendrá que valorar antes la capacidad de pago del cliente, teniendo en cuenta la variabilidad de sus ingresos en el tiempo y, en el caso de un crédito a tipo variable, cómo afectaría una subida de tipos.
Hipotecas y tasadoras independientes
Para la concesión de hipotecas u otros préstamos con garantías reales, la banca tendrá que realizar una "valoración prudente de las mismas mediante procedimientos que eviten influencias o conflictos de interés que puedan menoscabar la calidad de la valoración". Además, la decisión de conceder o no la hipoteca tiene que basarse exclusivamente en la capacidad de pago del cliente, y no en el valor de la garantía. Aún no lo cite expresamente,
la Orden parece apuntar a que la banca tendrá que recurrir a tasadoras independientes para establecer el valor del inmueble a financiar.
Este tema es de particular actualidad desde que la crisis ha disparado los embargos hipotecarios. Muchos hipotecados se encuentran en la situación de que el banco le quita la casa, pero aún así le queda deuda por pagar ya que el descenso del precio de los pisos hace que el préstamo impagado sea superior al valor de la garantía. Cuando la tasación inicial la hizo la tasadora del banco, la polémica está servida.
El Banco de España elaborará una Guía de Acceso al Préstamo Hipotecario para que quienes quieran contratar una hipoteca tengan acceso a toda la información
Hipotecas y tasadoras independientes
Para la concesión de hipotecas u otros préstamos con garantías reales, la banca tendrá que realizar una "valoración prudente de las mismas mediante procedimientos que eviten influencias o conflictos de interés que puedan menoscabar la calidad de la valoración". Además, la decisión de conceder o no la hipoteca tiene que basarse exclusivamente en la capacidad de pago del cliente, y no en el valor de la garantía. Aún no lo cite expresamente,
la Orden parece apuntar a que la banca tendrá que recurrir a tasadoras independientes para establecer el valor del inmueble a financiar.
Este tema es de particular actualidad desde que la crisis ha disparado los embargos hipotecarios. Muchos hipotecados se encuentran en la situación de que el banco le quita la casa, pero aún así le queda deuda por pagar ya que el descenso del precio de los pisos hace que el préstamo impagado sea superior al valor de la garantía. Cuando la tasación inicial la hizo la tasadora del banco, la polémica está servida.
El Banco de España elaborará una Guía de Acceso al Préstamo Hipotecario para que quienes quieran contratar una hipoteca tengan acceso a toda la información estandarizada que les permita tomar una decisión correcta. Una vez que esté listo el proyecto de escritura pública que formaliza la concesión del préstamo, el cliente tendrá a disposición durante "al menos tres días" para estudiarlo.
Todas estas disposiciones también se aplicarán a las llamadas "hipotecas inversas", préstamos que el banco concede aceptando como garantía un inmueble que ya es propiedad del cliente.


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