Las alarmantes noticias que nos vienen transmitiendo, relativas a la situación económica mundial, así como en particular, la situación por la que atraviesan muchas de nuestras empresas profesionales y autónomos, los cuales, está acreditado no llegan ni a mileuristas, pese a lo que se ven obligados a soportar una presión fiscal insostenible, nos obligan a alertar , en mayor medida, los problemas de morosidad, que en la mayoría de los casos, son los que vienen originando situaciones de agobio y penuria.
Al hilo del problema, no podemos por menos que recordar la nueva posibilidad de proceder al recobro de las deudas a través de nuestro sistema de recobros online.
El funcionamiento de la tecnología que inspira el funcionamiento de nuestra plataforma de recobros es de lo más sencillo para nuestros clientes, a tenor de que la solicitud del servicio se desarrolla totalmente online, sin tener que desplazarse ni que, inicialmente, tener que remitir documentación a la central de gestión.
El cliente, solo tiene que acceder a través de una determinada dirección web y tramitar su alta como cliente.
Coetánea o posteriormente, si desea formalizar la tramitación de un expediente, solo debe pulsar so solicitar, o en su caso nuevo recobro, desde donde tras introducir un nombre de usuario y una contraseña, y facilitar una dirección de correo electrónico, se encuentra en plena disposición de comenzar la utilización del servicio, así como de gestionar y controlar la totalidad de los expedientes que sostenga en trámite.
Una vez cumplimentado el registro, y aportados los datos iniciales referentes a la deuda como son: determinación del deudor, cantidad a reclamar, origen de la deuda, documentos de los que se dispone para el inicio de la reclamación y los datos completos del deudor, y del usuario del servicio, cuenta bancaria en la que desea recibir el pago de la deuda, y forma de pago del servicio, la operativa se pone automáticamente en funcionamiento.
Recodamos que desde hace meses puede ser incluida en la petición, dentro del primer paso de la creación del recobro la repercusión de gastos de la deuda al deudor.
Judicialmente no resulta posible el incremento de la cantidad debida, por ello, dentro del requerimiento inicial que se cursa en la fase prejudicial, se informa al deudor de la condición impuesta por el acreedor, del sufragio de los gastos a fin de evitar el inicio de las acciones judiciales que con el requerimiento se preparan.
El motivo de solicitar, al inicio del expediente una cuenta de abono de la deuda, obedece, a que para el supuesto de que el deudor acceda al pago, dentro de la fase extrajudicial, el acreedor recibirá el importe adeudado por vía directa, lo que en definitiva garantiza la mayor transparencia en la transacción de cobro a tenor de que el abono en cuenta del importe, es el único detonante para que el acreedor ordene la paralización del procedimiento.
Para el caso de tener que recurrir al inicio de las acciones judiciales, los datos de esta cuenta son los que se facilitan al órgano judicial, para que de igual forma en supuesto de consignación, el importe o abono se reciba por vía directa del acreedor.
En definitiva que la aplicación de un sistema tecnológico, a los tradicionales sistemas jurídicos, hacen posible, tanto la agilización de los trámites, como su sencillez, facilidad y abaratamiento en costos, todo lo cual redunda en beneficio exclusivo del cliente usuario del servicio.
NO RENUNCIE A COBRAR LO QUE LE DEBEN
Primera y única compañía de gestión de impagados por internet Española, que permite a profesionales, comunidades de bienes, Pymes, grandes empresas ,comunidades de propietarios, reclamar, con un coste mínimo, por vía amistosa y judicial, aquellas deudas pendientes de cobro
10% de descuento sobre tarifas por contratación online
No hay comentarios:
Publicar un comentario