El Instituto de Crédito Oficial, ICO, ha publicado en su página Web las condiciones de la Línea préstamo ICO Ayuntamientos, creada para facilitar el pago de las deudas con empresas y autónomos contraídas por las Entidades Locales.
La medida fue adoptada por el Consejo de Ministros y publicada en el BOE de 7 de julio pasado junto a la Regla de Gasto para la Administración Local.
El documento publicado por el ICO aporta información acerca de dónde y cómo solicitar el préstamo. También incluye las condiciones, modalidades, tipos de interés, periodos de amortización y carencia y la documentación necesaria para solicitar los préstamos, entre otras cosas:
Condiciones
Importe de la operación: No podrá ser superior al 25% del PTE del 2011 de la entidad local, descontados los reintegros pendientes del 2008 y anteriores, y los intereses estimados.
Modalidad: Préstamo.
Tipo de interés: Fijo máximo del 6,5%.
Amortización y carencia: 3 años sin carencia con liquidación anual.
Comisiones: No se aplicarán comisiones.
Garantías: 25% PTE anual.
Solicitud de financiación: Accede al apartado "Solicítalo" con el certificado digital de la entidad local reconocido por el MAP y cumplimenta el formulario de solicitud y el modelo de certificado que está allí disponible. Envía los documentos anteriores firmados digitalmente a la dirección lineaentidadeslocales@ico.es, junto con una copia de los siguientes documentos (todos los certificados e informes en formato PDF) :
a) Acuerdo del Pleno solicitando la financiación, en el que se explicarán, además, los criterios adoptados para el cumplimiento del orden de prelación del art.5.2 del R.D-ley 8/2011,
b) Informe de la Intervención acreditando el cumplimiento de los requisitos exigidos por el R.D-ley 8/2011,
c) Informe de la Tesorería de la entidad en relación al cumplimiento del orden de prelación de deudas. (Fuente: FEMP).
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